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Nuevo reglamento comunitario de calidad de los productos agroalimentarios

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, que culmina el proceso de revisión de la política de calidad agroalimentaria europea iniciado hace tres años. 

El Diario Oficial de laUnión Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento UE nº 1151/2012 delParlamento Europeo y del Consejo sobre regímenes de calidad de los productosagrícolas y alimenticios, que culmina el proceso de revisión de la política decalidad agroalimentaria europea iniciado hace tres años. 


Este reglamento, que entrará en vigor el próximo 3 de enero de 2013, revisa los regímenesexistentes (Denominaciones de Origen Protegidas-DOP-, Indicaciones GeográficasProtegidas-IGP-, y Especialidad Tradicional Garantizada-ETG-) y  modifica ciertosaspectos del sistema de DOP e IGP de productos agroalimentarios no vínicos,reforma profundamente el sistema de ETG, y establece un nuevo régimen paradesarrollar menciones de calidad facultativas.


En relación a las DOP eIGP, los cambios más destacados son el acortamiento del tiempo de tramitaciónde las solicitudes de registro, la descripción del papel de las agrupacionessolicitantes en relación con lavigilancia, promoción y comunicación, y  la voluntad de reforzar elnivel de protección de las indicaciones registradas.


En relación con las ETG,se amplía el tiempo requerido para demostrar su carácter tradicional que pasa de25 a 30 años, sólo existirá un tipo, dado que desaparece las ETG sin reserva denombre y se reduce el tiempo de tramitación en la misma línea queel procedimiento de las DOP-IGP.


Además, se crea unnuevo régimen por el cual se podrá reservar términos de calidad relativos acaracterísticas que den valor añadido a los productos. De momento este nuevoreglamento contempla una única mención, la de "producto de montaña".Asimismo, este reglamento establece que la Comisión Europea (CE) deberá evaluarla conveniencia de regular "la agricultura local y la venta directa".


 

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