Guías orientativas para el control del etiquetado nutricional
El Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal (Sección: Legislación General Alimentaria) aprobó, en su reunión de 10 de diciembre de 2012, dos documentos guía para las Autoridades Nacionales en relación con el control de la declaración del contenido en nutrientes en el etiquetado de los alimentos.
- Documento guía para las
autoridades competentes en relación con las tolerancias para el control del cumplimiento con la
legislación de la Unión Europea de los valores de nutrientes declarados en
etiquetado. Esta guía pretende orientar a las autoridades de
control y a los operadores sobre la tolerancia en materia de etiquetado nutricional. Se entiende
como tolerancia la diferencia aceptable entre los valores nutricionales declarados en el etiquetado
y los resultados de los controles oficiales en relación con el etiquetado nutricional y el uso de
declaraciones nutricionales. Cierto margen de tolerancia en el etiquetado nutricional es
necesario puesto que no siempre es posible que el producto contenga los niveles exactos de
nutrientes declarados. Esto puede ser debido tanto a variaciones naturales como a variaciones que
pueden darse en la producción y durante el almacenado del producto. A pesar de ello, es importante
que la desviación no supere ciertos límites ya que se podría llegar a incurrir en engaño al
consumidor.
- Documento guía para las
autoridades competentes en relación con los métodos para la determinación del contenido de fibra
declarado en la etiqueta para el control del cumplimento con la legislación de la Unión
Europea. Este documento se ha preparado para orientar a las autoridades de control oficial
de los Estados Miembros y a los operadores sobre los métodos de análisis para la determinación del
contenido de fibra declarado en las etiquetas con relación al etiquetado nutricional y al uso de
declaraciones nutricionales. Se ha elaborado esta lista orientativa porque la definición de fibra
engloba un numeroso y heterogéneo grupo de sustancias para las cuales no hay un único método de
análisis disponible. Para su elaboración se ha tomado de referencia una lista adoptada por la
Comisión del Codex Alimentarios en su trigésimo cuarta sesión celebrada en 2011.
www.aesan.msc.es |